De nuevo, el Tribunal Constitucional se pronuncia sobre el pago del Tributo relativo al Incremento del Valor de los Terrenos (Plusvalía).

El pasado 31 de Octubre de 2.019 el Tribunal Constitucional dio a conocer la sentencia y declaró la inconstitucionalidad del art. 107.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. En dicho texto, se explica que cuanto existe un incremento de la transmisión de un inmueble o terreno y la cuota que sale a pagar en la plusvalía es mayor que el incremento realmente obtenido por el ciudadano, se estaría tributando por una renta inexistente, virtual o ficticia, que produce un exceso de tributación contrario a los principios constitucionales de capacidad económica y no confiscatoriedad.

Por lo tanto, se declara la nulidad de este impuesto de plusvalía en los casos que se deba pagar más cuota de la plusvalía que la cantidad ganada por el contribuyente por la venta del inmueble o terreno.

También se hace referencia a las situaciones susceptibles de ser revisadas, siendo exclusivamente aquellas que no hayan adquirido firmeza a la fecha de publicación de la sentencia.