ALTERNATIVAS PARA BAJAR SU IMPACTO FISCAL EN LA DECLARACION DE LA RENTA 2025 ANTES DE FIN DE AÑO.
Ante la proximidad del cierre del ejercicio fiscal de 2025 desde FYSCALIA nos permitimos recordarles algunas de las acciones que puede realizar para rebajar su liquidación del IRPF:
– La amortización anticipada de la hipoteca o préstamo destinado a la adquisición de la vivienda habitual también es deducible con limitaciones si se tiene derecho (compras anteriores a 2014) a la deducción por inversión en vivienda habitual.
– Deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación, los contribuyentes pueden deducirse el 50 % de las cantidades satisfechas por la suscripción de acciones o participaciones en estas empresas cuando se cumplan determinados requisitos y condiciones, y la base máxima de deducción es de 100.000 € anuales. Si es tu caso, abrir consulta con nosotros.
– Los contribuyentes mayores de 65 años podrán excluir de gravamen las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la transmisión de elementos patrimoniales (no necesariamente inmuebles), siempre que el importe (total o parcial) obtenido por la transmisión se destine en el plazo de seis meses a constituir una renta vitalicia asegurada a su favor. La cantidad máxima total que a tal efecto podrá destinarse será de 240.000 €. Caso de tratarse de Vivienda habitual, la exención es íntegra y no será necesaria ninguna inversión.
– Deducción por la adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible, los contribuyentes podrán deducir el 15 % del valor de adquisición de un vehículo eléctrico nuevo y no afecto a actividad económica, adquirido desde el 30 de junio de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2025. La base máxima de la deducción es de 20.000 €.
– Deducción por la instalación de puntos de recarga, los contribuyentes podrán deducir el 15 % de las cantidades satisfechas, desde el 30 de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025, para la instalación durante dicho período en un inmueble de su propiedad de sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos no afectas a actividades económicas, con una base máxima de 4.000 euros anuales.
– Arrendamiento de bienes inmuebles destinados a vivienda con carácter permanente, el rendimiento neto positivo declarado se reducirá, con carácter general, en un 50 % para los contratos celebrados a partir de 1 de enero de 2024. También están previstos porcentajes superiores de reducción en determinados supuestos (nuevo contrato en zonas de mercado residencial tensionado con rebaja de alquiler inicial; inquilinos jóvenes en zonas tensionadas, entro otros). Los arrendadores con contratos vigentes celebrados antes del 26 de mayo de 2023 podrán seguir aplicando la reducción del 60%.
– Los contribuyentes propietarios de viviendas ubicadas en edificios de uso predominante residencial en el que se hayan llevado a cabo desde el 6 de octubre de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2025, obras de rehabilitación energética, podrán deducirse el 60 % de las cantidades satisfechas durante dicho período por tales obras. . para poder aplicar esta deducción es necesario el certificado de eficiencia energética de la vivienda expedido por el técnico competente después de la realización de las obras, y también el expedido antes del inicio de las mismas.
– Las aportaciones realizadas a los sistemas de previsión social del cónyuge, cuando dicho cónyuge no obtenga rendimientos netos del trabajo ni de actividades económicas o los obtenga en cuantía inferior a 8.000 euros anuales, reducen la base imponible con el límite máximo de 1.000 euros anuales.
– La ley también prevé deducciones por donativos y otras aportaciones a las entidades sin fines lucrativos, como ONG, fundaciones, asociaciones declaradas de utilizada pública.
Para cualquier duda o aclaración pueden contactar con nuestro despacho.
